El Universal, Cartera, 21 de julio 2014
Migajas de la #leytelecom
Por Gabriel Sosa Plata
Algo no cuadra cuando sólo un puñado de empresas celebra la aprobación de la legislación secundaria de telecomunicaciones y decenas de organizaciones sociales la rechaza. O cuando las pantallas de televisión nos muestran los grandes beneficios de la nueva ley, mientras en foros ciudadanos o actividades académicas se destacan sus retrocesos con respecto a la reforma constitucional de 2013.
Dos visiones muy claras con respecto a una legislación que por lo mismo no es democrática ni derivó de un proceso democrático. La ley se impuso por mayoría, pero no fue producto de un consenso social y político. Por eso hay molestia, decepción, impotencia, porque legisladores y partidos políticos fueron condescendientes en el diseño de la ley con ciertos grupos de interés, mientras que a otros los ignoraron o les dieron migajas.
El resultado es que, por ejemplo, la legislación incluye para algunas empresas estímulos para el crecimiento a partir de disposiciones para incrementar la transmisión de la publicidad o para llevar a cabo más concentraciones, sin problema alguno, mientras que para las comunidades indígenas que desean instalar estaciones de radio o televisión se les imponen un conjunto de trabas y prohibiciones para acceder a las frecuencias y explotarlas, no obstante que tienen el derecho constitucional de poseer y administrar sus popios medios de comunicación.
Hace algunos días estuve en la ciudad de Oaxaca, en un foro organizado por el Colegio de Profesionistas y el Movimiento Comunitario por Oaxaca Ahí Melquiades Rosas, de Radio Nnandia (ubicada en Mazatlán Villa de Flores), habló en nombre de la Comisión de Seguimiento del Congreso Nacional de Comunicación Indígena. Esta Comisión hizo llegar oportunamente a los legisladores un conjunto de propuestas para el desarrollo de la radio indígena y comunitaria, pero evidentemente no fueron en su mayoría atendidas. Aprobada ya la nueva legislación en la materia, Melquiades destacó los siguientes problemas e inequidades para estas radiodifusoras:
Duración concesiones. Se estableció por un periodo máximo de 15 años y para las concesiones de uso comercial hasta por 20 años. Esta diferencia, al parecer inconstitucional, no tuvo ninguna justificación jurídica o de otro tipo.
Comercialización. Al igual que a los medios públicos, a los medios indígenas se les impidió comercializar algún porcentaje de sus transmisiones. Esta prohibición representó un éxito político de la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) y de uno de sus sindicatos, ya que advirtieron que de permitirse esa apertura se pondría en riesgo a la radiodifusión comercial. Pero no presentaron ningún estudio que avalara sus dichos.
A cambio, a las radios indígenas se les permitió acceder a donativos y al presupuesto destinado al gasto de comunicación social, pero en este último caso también se les impuso un límite: el 1% de los recursos federales etiquetados para ese rubro y hasta el 1% de los gobiernos estatales y municipales. Además de la codependencia gubernamental que vía legal se le impuso a estos concesionarios para su sobrevivencia, se mantuvo el monopolio de los recursos destinados a la publicidad y la propaganda en la radiodifusión en prácticamente las mismas manos. Esto significa que cualquier comerciante o micro empresario local, no tendrá posibilidades de anunciarse en una radio indígena, aunque sea la única estación de la región. Esto es una muestra de falta de incentivos -y de sensibilidad- para el desarrollo ecónomico de las comunidades indígenas, bajo el aburdo argumento de que las radios indígenas son «competencia desleal» para las radios comerciales.
Traspasos. Fue otra prohibición para las radios indígenas. La titularidad de las concesiones no pueden cederse, por ejemplo, a otra comunidad indígena, mientras que los concesionarios de estaciones comerciales sí pueden hacerlo, previa aprobación del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
Reserva de espectro. A las radios comunitarias e indígenas se les reservó sólo un 10% de las frecuencias de la banda de FM. Esto implica la posibilidad de otorgar entre dos y tres concesiones para este tipo de estaciones en alguna zona de servicio. En otros países la reserva es del 30%, bajo el argumento de que los medios de uso social fortalecen la pluralidad, la cultura y la democracia. Sin embargo, el gobierno y los legisladores que apoyaron la nueva ley no quisieron equilibrar los tres modelos de radiodifusión: comercial, público y social. Y era el momento para hacerlo, luego de que la administración pasada otorgó mas de 500 frecuencias de FM a la radiodifusión comercial, lo que agudizó más los desequilibrios entre los diferentes usos de la radio.
También se consideró para las concesiones de uso social la banda ampliada de AM, entre los 1605 y 1705 KHz, pero es poco probable que ante las trabas y prohibiciones establecidas en la nueva ley, los altos costos para operar una estación en esa banda y la preferencia cada vez mayor por las emisoras de FM, alguna comunidad indígena decida ocupar frecuencias de ese segmento ya antes fue despreciado por los radiodifusores comerciales por sus reducidas posibilidades de éxito para captar audiencias y por lo tanto anunciantes.
El Congreso Nacional de Comunicación Indígena también manifestó su decepción con los legisladores por no haber atendido su demanda de incorporar de manera obligatoria contenidos indígenas en las estaciones de radio y televisión. De igual manera fueron ignorados en cuanto a tener una representación directa en los consejos consultivos del IFT y en el futuro Sistema de Radiodifusión Pública del Estado Mexicano, así como en quitarle peso a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas en los procedimientos para gestionar las concesiones y no someterse al «paternalismo» gubernamental.
Por si fuera poco, el otorgamiento de concesiones de uso social y de uso público se hará con base en un programa anual de concesionamiento y de frecuencias susceptibles de explotar. Antes, no había que sujetarse a dicho programa. Era suficiente presentar la solicitud, con los requisitos correspondientes. Un retroceso más, comparado con los principios democráticos de la reforma constitucional en telecomunicaciones.
Categorías:Columna en El Universal
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